El
tardo franquismo y la aparición del término ‘nacionalidades’
Santos Juliá cuenta en excelente
síntesis como surgen los conceptos de nacionalidades
y regiones, y la utilización de los mismos hasta que se impusieron en la
Constitución de 1978, en el libro ‘Historia
de la nación y del nacionalismo español’, VVAA. Editorial Gutenberg, 2013, en
página 886 y siguientes ‘Nación, nacionalidades y regiones en la transición
política a la democracia’. Desmiente la utilización del término
nacionalidades por miedo militar tras la muerte del dictador y narra la
historia del surgimiento y adecuación de dichas palabras por parte de la
oposición durante el franquismo. Recuerden que la Constitución de la II
República solo incluía Municipios y Regiones, en su artículo 1º en el que
también refleja ser Estado integral o no reconocer el derecho de secesión ‘’La
República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los
Municipios y las Regiones. ’’
Utilizados a principios de los
cincuenta por el Moviment Socialista de Catalunya al’Exili, en 1953 por Pere
Bosch Gimpera y a partir de 1961, Unión de Fuerzas Democráticas, coloquio de
Múnich de 1962, congresos de 1964 y 1972 del PSOE, PCE 1972 y 1975, Comissió
Coordinadora de Forces Polítiques de Catalunya de 1969, debate Centralismo y organización federal en
Can Bordoi 1971 la palabra nacionalidad
es omnipresente, por J.A. Abelló por J. Reventós, también utilizado
Assemblea de Catalunya de 1971, Junta Democrática, Plataforma y posterior
Coordinación Democrática… Libertad,
amnistía y Estatuto de autonomía, restablecimiento de instituciones
catalanas, Generalitat y Estatuto de 1932, gobierno, parlamento. Y
descentralización del Estado, que no necesariamente significaba soberanía.
Juliá da cuenta de múltiples relaciones entre la oposición y reuniones en las
que se van integrando los conceptos nacionalidades
y regiones y su asunción global en un mínimo común denominador por todas
las fuerzas al encarar el proceso constituyente. La idea para entender aquellos
años es la de aceptar la existencia de una compleja profusión de fuerzas e
intereses entre la oposición, el franquismo residual, el postfranquismo
democrático y las fuerzas económicas diversas, al igual que las presiones
internacionales, que darán como resultante de aquellas luchas la Constitución
de 1978, un marco que fue aceptado mayoritariamente por las fuerzas en liza y
por el pueblo español.
En los primeros años del franquismo la
oposición catalana no incluyó entre sus reivindicaciones el derecho de
autodeterminación para otras nacionalidades, derechos para sí, no para otros,
lo cual sí hacía el resto de representantes de la oposición. La oposición
catalana fue incorporando la reivindicación generalizada tras la muerte de
Franco. El motivo de ello no es un olvido sin importancia, puede seguirse
reiteradamente en los textos que desarrollan el catalanismo del XIX y XX
impregnados del complejo de pueblo elegido para regenerar España, así las
libertades serán importantes para ellos, más en cuanto elemento diferencial, que
de hecho será uno de los problemas del Estado de las Autonomías, la tendencia a
la igualación, al no estar suficientemente marcada la asimetría. Este aspecto
se visualiza en la política catalana, en su intento de negociar siempre de
igual a igual entre el Estado español y el Estado catalán, no entre todas las
autonomías, lo cual deja dudas permanentes respecto a la eficacia de una salida
federalista a este embrollo.
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