La población protegida por el Estado franquista, a través de su AAPP era muy poca, y selectiva. En 1945 primer año del que se dispone de información del antiguo Instituto Nacional de Previsión, INP, el porcentaje asistido por la sanidad pública representó alrededor del 22% de los españoles, llegando a alcanzar al 33% en 1956, hubo que esperar a 1964 para llegar al 50% de la población. La mitad de los españoles no tenía asistencia sanitaria a mediados de los años sesenta, veinticinco años después de terminada la guerra.
El INP, nació por ley en 1908 aprobado por las Cortes españolas en febrero, firmando el decreto Alfonso XIII, y se extinguió en 1978; fue la primera institución pública oficial encargada de la Previsión Social, protección y asistencia sanitaria en España, impulsor de los seguros sociales obligatorios, con antecedentes en la Comisión de Reformas Sociales creada en 1883, como plataforma de estudios y propuestas, que posteriormente influyó en la creación del Instituto de Reformas Sociales en 1903. La Ley de accidentes de trabajo de 1900 y la Inspección de Trabajo creada por Ley en 1906, fueron complementos necesarios de la previsión social. De aquella idea de INP nacen conceptos como el régimen de retiro obrero, seguro de maternidad, los subsidios familiares, los seguros de enfermedad, accidentes, vejez, invalidez, de paro, las mutualidades y montepíos, … conceptos que tendrán su desarrollo pleno en el estado de bienestar posterior a la II Guerra Mundial.
Para situarse en la época franquista, nada mejor que sus propias palabras y datos, permitan transcriba párrafos entresacados del ‘Informe sobre las actividades y resultados de la gestión del Instituto Nacional de Previsión, presentado por su Director General Excmo. Sr. D. Luis Jordana de Pozas’, presentado en la ‘’I Asamblea General del Instituto Nacional de Previsión. Ministerio de Trabajo; Instituto Nacional de Previsión. 1953. Sección I, ‘Los seguros sociales en España de 1936 a 1950’.’’
‘’1. Los Seguros sociales antes del 18 de julio de 1936.-
‘’En la fecha gloriosa del Alzamiento Nacional, los Seguros Sociales en
España estaban regidos por diversas leyes, la primera de las cuales fué la
de 27 de febrero de 1908, y administrados por el Instituto Nacional de
Previsión, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo.
Su origen, desenvolvimiento y gestión anterior se hallan reflejados en
las publicaciones, Memorias y Balances anteriores a 1936, por lo que no
hemos de referirnos a ellos más que en la medida imprescindible, para
tener un punto de partida y de referencia al período que este Informe
abarca.
Al comenzar el año 1936, la gestión de los Seguros Sociales existentes
corría a cargo del I. N. P. y de sus Cajas Colaboradoras. las Cajas Nacionales del Paro Forzoso y del Seguro de Accidentes del Trabajo, que tenían Consejos separados y que se establecieron con jurisdicción sobre todo el territorio nacional, si bien utilizaban también las Cajas Colaboradoras como órganos regionales. Las Cajas colaboradoras eran veinte, unas provinciales y otras regionales.
Algunas de ellas eran Cajas de Ahorro popular, de fundación anterior al
propio Instituto, mientras que la mayoría habían sido fundadas por gestión
de éste, y tenían como actividad fundamental la gestión de los Seguros
Sociales en su territorio, aun cuando muchas de ellas hubieran también
establecido secciones de ahorro.
Aparte de sus funciones de enseñanza y divulgación, a las que siempre
dedicó gran atención, los Seguros Sociales existentes se dividían en dos grupos: de Libertad Subsidiada, que comprendía los seguros voluntarios Infantil o de Dote, de Pensiones inmediatas o de Vejez y de Amortización de
Préstamos; y los seguros obligatorios, que abarcaban el Retiro Obrero, el
Seguro de Maternidad, el de Accidentes del Trabajo y el de Paro Forzoso.
El Instituto había elevado al Gobierno proyectos relativos al Montepío de
Funcionarios Locales, al Montepío Marítimo Nacional, al Seguro especial
de los Mineros, a la Ley general de Mutualidades, a los Seguros de Enfermedad e Invalidez y a la Unificación de los Seguros Sociales
El Retiro Obrero obligatorio contaba en toda España con 415.000 afiliados,
ascendiendo la cotización, durante el año 1935, a 45 millones de pesetas.
El Seguro de Maternidad tenía 741.000 aseguradas, con un total de
cuotas, en 1935, de 19 millones de pesetas. Sin embargo, las prestaciones
satisfechas en el Retiro Obrero sumaron en el mismo año nueve millones
de pesetas, y las de Maternidad, seis. El Balance técnico general del Instituto propiamente dicho, en el mismo año cifraba su Activo en 456 millones de pesetas, de las que 87 millones estaban invertidos en préstamos de finalidad social y 356 millones en valores públicos o industriales, siendo la diferencia valor de inmuebles y existencia de tesorería.
En los Balances acumulados del Instituto y de sus veinte Cajas Colaboradoras, las inversiones sociales ascendían en la misma fecha a 301 millones de pesetas, y las de carácter financiero, totalizadas, a 701 millones, lo que hacía ascender a 1.002 millones de pesetas el que se llamó "Tesoro de la Previsión". Esta considerable acumulación de fondos se había realizado por consecuencia del régimen financiero de capitalización, que estaba en la base del Retiro Obrero y de las pensiones por Libertad Subsidiada y Accidentes del Trabajo.
El Régimen de Retiro Obrero Obligatorio continuó rigiéndose por el
Decreto-Ley de 18 de marzo de 1919 y su Reglamento de 21 de enero de
1921 hasta su derogación por la Ley de 1 de septiembre de 1939, que estableció un nuevo Régimen de Subsidio de Vejez reglamentado por Ordenes de 6 de octubre de 1939 y 2 de febrero de 1940, desarrollando así la Declaración X del Fuero del Trabajo, La implantación en España del Seguro de Enfermedad había sido ahincadamente perseguida por el I. N. P. desde el año 1910, dedicando a él particularmente las Conferencias de 1917, en Madrid, y 1922, en Barcelona, en la que elaboró, después de apasionadas discusiones, las primeras bases para su establecimiento. Desde 1932, en que fué ratificado el Convenio de Ginebra sobre el Seguro Obligatorio de Enfermedad, venía obligada España a establecerlo. Ello fué motivo de un nuevo período de actividad, concretada en docenas de publicaciones, propuestas y proyectos.
El Seguro Obligatorio de Maternidad quedó integrado en el nuevo de
Enfermedad. Había sido creado por el Decreto-ley de 22 de marzo de 1929,
completado por su Reglamento de 29 de enero de 1930, y comprendía a
todas las mujeres asalariadas entre los dieciséis y cincuenta años.
Otro régimen desaparecido fué el Subsidio de Paro Forzoso, que había
sido creado por Decreto de 25 de mayo de 1931, encomendado a una Caja
Nacional, y con Reglamento de 30 de septiembre del mismo año. El «astenia era el llamado "de Gante", y consistía en la bonificación del subsidiu de paro, abonado a sus socios por las entidades primarias que otorgaran a sus afiliados este beneficio. Su desarrollo fué escaso, y la base sindical en que se apoyaba quedó sustituida, al advenir el Movimiento, por otra organización de orientación y fines muy distintos. Consiguió éste eliminar totalmente el paro forzoso, que, por ventura, no ha vuelto a constituir un problema general en España.
La legislación de accidentes del trabajo anterior al Movimiento Nacional
era distinta para la agricultura, para la industria y el comercio y para
el trabajo en el mar. En la agricultura, regida por Decreto-ley de 12 de
junio de 1931 y su Reglamento de 25 de agosto siguiente, no existía Seguro
obligatorio propiamente dicho, aun cuando sí obligación de asegurar el
cumplimiento de las obligaciones patronales relativas al pago de indemnizaciones, bien en una Mutualidad o en una Compañía de Seguros legalmente constituidas. En la industria y comercio, sometidos a la Ley de 4
de junio de 1932, al Decreto de 8 de octubre del mismo año y al Reglamento de 31 de enero del siguiente, con sus disposiciones complementarias, hay un Seguro obligatorio para el riesgo de incapacidad permanente y muerte, y tiene carácter facultativo el Seguro contra la incapacidad temporal.
El Seguro obligatorio, a su vez, se divide, en el Seguro de rentas, atribuido
con carácter exclusivo a la Caja Nacional de Seguro de Accidentes
del Trabajo, y en el Seguro directo contra los riesgos de incapacidad permanente y muerte, que practican las Compañías y Mutualidades autorizadas y la propia Caja Nacional. Los accidentes de trabajo en el mar, con arreglo al Real Decreto de 5 de abril de 1929 y a su Reglamento de 20
de noviembre de 1931, habían de estar asegurados en Mutualidades obligatorias.
Finalmente, fueron creados, con arreglo a las disposiciones primeramente
mencionadas, dos fondos especiales de garantía, uno para la agricultura
y otro para la industria, cuya administración y defensa se confirió»
asimismo, a la Caja Nacional, la cual está integrada en el I. N. P.
En el campo de las Enfermedades Profesionales introdujo el nuevo
Estado una verdadera y fecunda revolución. Antes de él, apenas podemos señalar algunas sentencias del Tribunal Supremo que comprendieron la enfermedad profesional en el concepto de accidente del trabajo, y la casi póstuma Ley de Bases, que lleva la fecha de 13 de julio de 1936, la cual, por no haber sido desenvuelta en un texto articulado, no alcanzó vigencia efectiva.’’
En el informe referido anteriormente, del año 1953, en el Apéndice V ‘Plan Nacional de Instalaciones Sanitarias del Seguro Obligatorio de Enfermedad, aprobado por orden del Ministerio de Trabajo de 26 de febrero de 1947’ aparece un mapa de España entre las páginas 212 y 213, titulado Plan de instalaciones sanitarias del Seguro de Enfermedad, en dicho mapa que aquí se publica, aparecen signos identificativos de Residencia Sanitaria, Ambulatorio completo y Ambulatorio reducido, y su implantación provincial. Pueden contar los ambulatorios de cada provincia; 20 en Galicia, 16 en la Comunidad Valenciana, 8 en Madrid, 6 en Cantabria, 7 en Asturias, 3 en Toledo, 2 Guadalajara, 5 Ávila, 3 Cuenca, 4 Albacete, 9 Ciudad Real, 4 Cáceres, 3 Málaga, 5 Granada, 2 Almería, 5 Sevilla, 4 Gerona, 10 Barcelona, 5 Tarragona, 3 Huesca, 5 Zaragoza, 13 País Vasco, 3 Palencia, … Pueden compararlos con las instalaciones del siguiente cuadro que recoge la situación de España en 2018, número de centros de salud por CCAA, por ejemplo Andalucía cuenta con 1.514, Cataluña 1.253, Castilla la Mancha 1.311, Castilla León 3.914, Madrid 424...
Lola Morillo, socióloga del Gabinete Interfederal de CCOO, da la cifra de 543 ambulatorios construidos por el franquismo en toda España desde 1943 a 1976. En datos del Ministerio de Sanidad de 2016, la totalidad de centros de atención primaria es de 13.197. Aun habiendo disminuido en 173 centros en los dos últimos años la comparación con el franquismo es apabullante. El cuadro con el desglose de centros por CCAA pueden verlo aquí publicado. Considerando Asturias, solamente, tiene más centros de salud hoy, que tenía toda España en mitad de los años cincuenta, de acuerdo con los datos del ‘Plan Nacional de Instalaciones Sanitarias del Seguro Obligatorio de Enfermedad, aprobado por orden del Ministerio de Trabajo de 26 de febrero de 1947’.
En 1960, veinte años después de terminada la Guerra civil, España tenía una población de unos 30,5 millones de habitantes, había 35.680 médicos, lo cual equivalía a 1,17 médicos por cada 1.000 habitantes. Pasaron a ser 2,05 médicos por 1.000, en 1975 y más que doblaron pasando a 5,44 en 2017. En aquel franquismo de 1960 había unos 27.000 diplomados en enfermería, que representaban menos de 1 por cada 1.000 habitantes. En democracia aumentó el número de enfermeras/os pasando a ser 2,65 por 1.000 habitantes en 1978, y a 6,43 en 2017. La mejora de salud de los mayores aumenta los años de esperanza de vida desde 1975 hasta hoy, entre 9 y 10 años. En ambos casos, influye el desarrollo democrático implementando mejor servicio sanitario dotado de más instalaciones, y más personal.
En el informe ‘Los que nos cuidan en la crisis del coronavirus (I)’ presentado por Funcas en marzo 2020, referido al sistema sanitario español indican algunos datos útiles para saber quiénes somos y donde estamos: a pesar de vivir una enorme crisis económica que desmanteló parte de lo conseguido durante años las tendencias positivas de medio plazo, lograron resistir, desde el año 2000 el volumen de ocupados en actividades sanitarias ha crecido desde el 4% hasta el 5.7% en 2020. Tomando cifras de la EPA, los ocupados pasaron de ser 633.000 a más de 1.100.000 el año pasado. Debe entenderse que son ocupados de todo el sector de actividades sanitarias, tanto públicas como privadas. En este sector destaca la revolución de las mujeres españolas, las ocupadas en el sector ascendieron a 809.000 mujeres mientras los hombres ocupados fueron 308.000. En el conjunto del sector la proporción de sanitarias oscila en torno a 250 mujeres por cada 100 hombres. En la considerada profesión central del sector sanitario los cambios han sido todavía más profundos, hay 131 médicas por cada 100 médicos, cuando hace 20 años solo había 65 mujeres por cada 100 hombres.
Las cifras anteriores son expresivas de uno de los grandes éxitos de la democracia española, el sistema sanitario, a pesar de los recortes presupuestarios realizados entre 2010/2015 por España, a la cabeza en la UE, junto con Grecia, a pesar de que no todas las CCAA tienen parámetros similares de eficiencia y dotaciones, por ejemplo, Madrid está a la cola de toda España en gasto público per cápita en sanidad realizado en 2010, o por ejemplo Cataluña es campeona en privatización de sanidad pública. A pesar de todo, mirando el conjunto, los resultados en los últimos cuarenta años no resisten comparación posible con el submundo franquista. El cuadro ‘Prestaciones económicas de la Seguridad social’, en porcentaje del PIB, condensa grandes números desde 1977 hasta 2018, sin incluir desempleo pasan del 5.95% del PIB hasta el 11.80%. Se doblan en democracia. Su mayor componente son las pensiones, que pasan de representar el 71.65% del gasto en prestaciones al 90.06% en 2018.
‘Las cuentas de la Seguridad Social’ Eduardo Bandrés Moliné. Papeles de Economía Española, núm. 161-2019. Funcas.
Manuel
Herranz Montero. 2020. Un capítulo del Apartado 4 del trabajo general:
CALIDAD DE LA DEMOCRACIA ESPAÑOLA (II)
1.- Desigualdades en
España
2.- 80 años de Enseñanza
3.- La revolución de
la mujer española
4.- Bienestar ySistema de Salud
5.- Sistema de Pensiones
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